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Instrucciones para el modelo 046.

Impreso de pago

Información

El pago debe realizarse a través del modelo 046. Acceda a dicho impreso tecleando «Modelo 046 Junta de Castilla y León» en Google o en cualquier otro buscador.

Una vez realizado el pago, no olvide entregar el resguardo a Secretaría de 9 a 14 horas.

Si no sabe cuál es la cantidad a pagar, póngase en contacto con Secretaría. Puede hacerlo llamando al 923 28 13 59 o escribiendo un correo electrónico a 37009751@educa.jcyl.es

Solicitud devolución pago modelo 046

Cuando se realice el ingreso de un modelo 046 que, por cualquier motivo, no debiera haberse efectuado (error en la elección de la tasa/precio público o pago realizado varias veces), tiene que solicitar la devolución del importe abonado y, si procede, realizar el pago correctamente.

Para solicitar el reintegro, ha de seguir el procedimiento de devolución de ingresos indebidos, que es el mismo con independencia del medio de pago empleado (vía telemática, presencial o por TPV virtual).

En todos los casos  es necesario que redacte un escrito de solicitud de devolución de ingresos indebidos, donde se relatarán las circunstancias en que se sustente la solicitud de devolución y se identificarán perfectamente todos los datos del pago o de los pagos realizados (número de autoliquidación, modelo, importe, fecha de pago, medio de pago, NIF del sujeto pasivo, etc.).

La solicitud ha de ir dirigida al órgano gestor de la tasa (Dirección Provincial de Educación de Salamanca) y se presentará en cualquier Registro (Junta de Castilla y León, Subdelegación del Gobierno, Ayuntamiento de Salamanca, Diputación de Salamanca), de acuerdo con las normas generales de presentación de documentos ante la Administración, aunque siempre es preferible la presentación en el registro del Centro Gestor de la tasa (Junta de Castilla y León), lo que permitirá acortar los plazos para su tramitación.

Las actuaciones que se seguirán a continuación son:

1. Recibido el escrito por el órgano gestor de la tasa (Director General correspondiente), y teniendo en cuenta las argumentaciones efectuadas por el ciudadano, se acordará o no la devolución solicitada del ingreso.

2. En caso de acordar la devolución, se dará traslado de la resolución al Jefe del Servicio Territorial de Hacienda correspondiente a la provincia a la que pertenezca el ingreso y, dentro de cada Servicio Territorial, será la Sección de Tesorería la encargada de ejecutar materialmente la devolución en la cuenta designada por el ciudadano. Si el ingreso se gestionase en Servicios Centrales, la devolución del importe acordado corresponderá al  Servicio de Recaudación de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica, o bien, a la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera.

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